Estimados estudiantes y usuarios,
Reciban la más calurosa bienvenida a este espacio de conocimiento, aprendizaje y solución de conflictos.
Para la Dirección del Consultorio jurídico y su planta docente, resulta importante poder acompañar los procesos de fortalecimiento y potencialización del conocimiento jurídico de los estudiantes, a través de la práctica y la atención de casos jurídicos reales que sabemos, demandan la aplicación de conocimientos jurídicos, el despliegue de destrezas para la resolución de conflictos y una amplia vocación de servicio.
Así mismo a nuestros usuarios, queremos agradecer la confianza y manifestarles nuestro interés en acompañarles en la asesoría y solución de sus asuntos jurídicos de manera ágil, eficaz y humana.
Cordialmente,
MARTHA LUZ CUADRO HERRERA
Directora Consultorio Jurídico UNITECNAR - CUAJS
El Consultorio Jurídico del programa de Derecho de UNITECNAR, en convenio con la Corporación Universitaria Antonio José de Sucre, cuenta con asesores personalizados en las diferentes áreas del derecho y avalados para asesorar y adelantar trámites judiciales y administrativos de conformidad con la ley de consultorios jurídicos. Presta servicio de asistencia social gratuita a todas las personas de escasos recursos económicos que así lo soliciten en las áreas de derecho civil, familia, laboral, penal y público.
En materia de Civil:
- Ejecutivos (Por obligación de dar, por sumas de dinero, por obligación de hacer, por obligación de no hacer, por obligación de suscribir documentos)
- Restitución de Bien Inmueble Arrendado.
- Cancelación y Reposición de Título Valor.
- Interrogatorio de Parte como Prueba Anticipada.
- Incidente de Desembargo.
En materia de Comercial:
- Telecomunicaciones (Contratos con los operadores, facturación, suspensión y cobros entre otros).
- Habeas Data (Derechos y protección de información).
- Calidad, precio, financiación e información engañosa.
- Problemas del consumidor financiero.
- Inconvenientes de cualquier índole, provenientes de la relación como consumidores.
En materia de Familia:
- Fijación de cuota de alimentos.
- Aumento de cuota de alimentos.
- Disminución de cuota alimentaria.
- Exoneración de cuota de alimentos.
- Ejecutivo de alimentos tanto de menores como de mayores de edad.
En materia Laboral:
El consultorio Jurídico conoce de los asuntos cuya cuantía no exceda de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el diligenciamiento de procesos ante la jurisdicción laboral, en procedimientos extrajudiciales ante las autoridades administrativas del trabajo sin límite de cuantía.
Son de casos atendidos en esta área:
- Elaboración de liquidación de créditos laborales
- Absolución de consultas sobre reclamación de créditos laborales de trabajadores a empleadores y peticiones ante entidades que hacen parte del sistema integral de seguridad social.
- Adelantamiento de procesos ante la jurisdicción ordinaria laboral
En materia Penal:
- Inasistencias alimentarías
- Hurtos
- Lesiones personales
- Abuso de confianza
- Violencia intrafamiliar
- Estafas, entre otros.
En materia Público:
- Las proyecciones de acciones de tutela
- Derechos de petición
- Recursos en vía gubernativa
Usuarios Cartagena
Para efectos de acceder a los servicios virtuales de asesoría, completa el siguiente formato web y daremos información oportuna a tu consulta jurídica ingresando aquí
Usuarios Barranquilla
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Son herramientas que ofrecen a las personas diversas oportunidades para solucionar sus conflictos por sí mismas o con la ayuda de un tercero sin la necesidad de acudir a los despachos judiciales.
En Colombia contamos con la Negociación, la mediación, la conciliación en equidad y en derecho, la amigable composición y el arbitraje.
La conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos a través del cual, dos o más personas, naturales o jurídicas, de carácter privado o público, nacional o extranjera), gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.
Es muy fácil solicitar una audiencia de conciliación gratuita. Para ello, podrás completar el formato que puedes consultar aquí y nosotros nos encargaremos de notificar a las partes y al conciliador de la celebración de la audiencia.
La solicitud debe cumplir con la información requerida en el formato y en general con los siguientes requisitos
- Nombre, domicilio y dirección de las partes y de los representantes o apoderados, si los tiene.
- El asunto objeto de controversia y su cuantía o la afirmación de no tener valor determinado.
- Una relación de los documentos que sirvan de prueba a su posición.
- Prueba de la capacidad económica de alguna de las partes, de conformidad con la resolución N° 299 de 2002.
Recibida la solicitud, el secretario verificará que reúna los requisitos mencionados anteriormente e inmediatamente informará por escrito al Director del Centro, quien deberá:
- Determinar si es procedente la solicitud de conciliación teniendo en cuenta la materia sobre la cual se solicita y la capacidad económica del usuario.
- Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, nombrará conciliador y fijará fecha y hora para realizar la audiencia de conciliación, si esta es procedente.
- En caso de no ser procedente la solicitud de conciliación, el conciliador del área respectiva expedirá constancia al interesado, dentro de los 10 días calendario siguientes a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo señalado en el art 2°, numeral 3° de la Ley 640 de 2001.
- Esta constancia debe ser archivada en el centro con base en las reglas establecidas en el Decreto 30 de 2002.
- La audiencia deberá realizarse en la fecha y hora señaladas debiendo estar presentes las partes con o sin apoderado y el conciliador.
- En audiencia, el conciliador, en primer lugar deberá ilustrar a los comparecientes sobre el objeto, alcance y límites de la conciliación, procediendo luego a interrogar a las partes, determinando con precisión los hechos alegados y las pretensiones que en ellos se fundamentan, para finalmente proponer fórmulas de mediación y/o para motivar a las partes para que presenten fórmulas de arreglo con base en los hechos tratados en la audiencia.
Nuestro servicio es totalmente gratuito, para acceder usted debe:
- Presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150%
- Fotocopia de un recibo de servicio público con el objetivo que se logre verificar el estrato (1,2,3) o copia del sisben nivel I y II
Importante: El Consultorio Jurídico de UNITECNAR en convenio con Corposucre, aclara que aquellas personas que posean capacidad económica NO podrán acceder al servicio de asesoría jurídica y defensa judicial prestado por el consultorio. En el caso en que el usuario suministre información falsa, errónea o incompleta sobre sus ingresos y/o estrato socioeconómico, se procederá INMEDIATAMENTE al ARCHIVO DEL CASO.
En Cartagena
- Correo electrónico: dirección.cac@unitecnar.edu.co - secretaria.cac@unitecnar.edu.co
- Teléfono: (5) 6600671 Ext.: 1502 - 1503.
- Dirección: Cartagena, Avenida Pedro de Heredia, Calle 49A #31-45, Sector Tesca.
En Barranquilla
- Correo electrónico: consultoriobarranquilla@corposucre.edu.co
- Teléfono: (5) 3112853 Ext.: 112
- Celular: (+57) 3205214951
- Dirección: Barranquilla, Edificio Royal Kra. 54 No. 64-73